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La AFIP actualizó los valores
que tributarán los autónomos a partir de marzo del 2011
La Administración Federal de Ingresos Públicos ajustó la normativa que establece los nuevos valores que deberán cancelar los trabajadores autónomos a partir de marzo 2011, con vencimiento en abril de este año. La categoría más baja es de $ 227,76 y la más alta a $ 1.002,15.
Resolución General 3063, publicado en Boletín Oficial:
Categoría I: Son las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil; los comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000 pesos; o aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección). A partir de marzo de 2011 tributarán la suma de $ 227.76.
Categoría II: Las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20.000 pesos o los comerciantes con ingresos anuales superiores a 25.000 pesos abonarán $ 318,86.
Categoría III: Los directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos tendrán un aporte mensual de 455,52 pesos.
Categoría IV: Son los directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $ 15.001 y $ 30.000, inclusive. El aporte mensual será de 728,52 pesos.
Categoría V: Los directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos abonarán 1.002,15 pesos.
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