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BCRA comunicó modificaciones
en el Mercado Único de Cambios

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció modificaciones en el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios. A través de la Comunicación “A” 8074 dio a conocer las nuevas reglas que regirán con relación a la compraventa de dólares, así como al pago de liquidaciones de exportaciones.
El informe comunicó que se eliminarán las restricciones para comprar dólar MEP, así como se especificaron normativas para facilitar el pago de importaciones. Entre otros puntos, se amplió el monto por el que las personas no tienen obligación de liquidar los cobros de exportaciones de servicios. Aquí se pasa de US$ 12.000 a U$S 24.000 por año. Por otro lado, los autos y productos llamados “suntuarios” que pagaban a los 180 días corridos de fecha de oficialización, lo podrán hacer a partir de los 90 días corridos de la misma fecha. Por último, también hay cambios en las posiciones arancelarias que pagaban con el cronograma de 30-60-90 y 120 días. Una vez que se oficialice la norma se pagará del 25% del valor por cuota al 50% a partir los 30 días corridos y un 50% a partir de los 60 días corridos.
Las flexibilizaciones anunciadas por el BCRA también facilitan la adquisición del dólar MEP, que antes tenía diversas restricciones. De este modo, para las personas físicas, la nueva norma implica, por un lado, que no tendrán límites para la compra de dólares, algo que todavía persiste en la adquisición del dólar oficial, ya que sólo puede adquirirse hasta 200 dólares. Esto, por supuesto, siempre que los fondos con los que se vaya a comprar la divisa MEP esté debidamente blanqueados y justificados.

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